miércoles, 22 de abril de 2015

Caracteristicas de los derechos humanos

Los rasgos que pueden considerarse como distintivos de los derechos humanos, nos permiten caracterizarlos como:

1. Universales: Por el hecho de pertenecer al género humano, todo individuo de la especie los posee. Queda por lo tanto terminantemente prohibido excluir de la titularidad y ejercicio de estos derechos a personas por pertenecer a una determinada raza, religión, concepción ideológica, género, clase social, nacionalidad o profesión. Está profundamente ligada esta característica con la prohibición de discriminación


2. Innatos: Los estados deben reconocer estos derechos pues el individuo los trae consigo por su nacimiento como ser humano, no por concesión estatal, sino como don de la naturaleza. En caso de que el estado no los reconozca puede exigírsele que lo haga
3. Irrenunciables: Ningún individuo de la especie humana puede renunciar a poseerlos.




4. Obligatorios: Aunque no exista ley que prevea condena por su violación, toda persona e incluso el estado, debe respetarlos.
5. Inalienables: Su propio carácter de irrenunciables, los hace también intransmisibles a otra persona por venta, ni susceptibles de apropiación por parte del estado. Por ejemplo: nadie podría legalmente, ponerle precio a su libertad, y venderse a otra persona como esclavo.
6. Imprescriptibles: El ejercicio de ciertas acciones no puede realizarse luego de cierto tiempo. Por ejemplo, el reclamo de una deuda, prescribe a los años de inacción del titular del crédito. Sin embargo el no ejercicio de los derechos humanos fundamentales, no los hace susceptibles de prescripción. Por ejemplo, si uno no ejerce por cierto tiempo el derecho de aprender, no es válido que esa posibilidad le sea negada en el futuro.

7. Indivisibles: Los derechos son interdependientes. El no reconocimiento de uno de ellos pone en riego a los demás. Por ejemplo, negarles a las personas el derecho de aprender, les dificultaría el acceso a los derechos económicos, políticos o sociales, e incluso a su propia libertad y dignidad personal. Negar el derecho a la salud, obviamente, cierra la puerta a todos los demás derechos.

8. Inviolables: Si fueran negados, destruidos o lesionados, sería un ataque a la dignidad humana.

9. Progresivos: Ya que derechos que en tiempos pasados no se reconocían pasaron a integrarlos ante las situaciones cambiantes de la humanidad. Tal el caso de los derechos de tercera generación. Es probable que otros derechos que hoy no son tenidos en consideración, pasen a serlo en el futuro.

Denominaciones de los derechos humanos.

  1. Derechos de la persona humana."condiciones instrumentales que le permiten a la persona su realización" en consecuencia subsume aquellas libertades, facultades, instituciones o reivindicaciones relativas a bienes primarios o básicos que incluyen a toda persona.
  2. Derechos individuales. Un concepto perteneciente al Derecho constitucional, nacido de la concepción liberal que surgió de la Ilustración, que hace referencia a aquellos derechos de los que gozan los individuos como particulares y que no pueden ser restringidos por los gobernantes.
  3. Derechos subjetivos. Son las facultades o potestades jurídicas inherentes al hombre por razón de naturaleza, contrato u otra causa admisible en Derecho.
  4. Derechos fundamentales. Son todos aquellos derechos de los cuales es titular el hombre por el mero hecho de serlo, es decir que le pertenecen al ser humano sin distinción de raza, condición, sexo o religión.
  5. Derechos naturales.es cognoscible o bien por la revelación o brucen por la razón natural humana. Dicho derecho expresa su realidad, por ejemplo, en los Diez Mandamientos.
  6. Derechos Innatos.
  7. Derechos constitucionales.es una rama del Derecho público cuyo campo de estudio incluye el análisis de las leyes fundamentales que definen un Estado.
  8. Derechos positivizados
  9. Derechos del hombre. Son provenientes de la declaración francesa de 1789
  10. Derechos humanos. Son aquellas "condiciones instrumentales que le permiten a la persona su realización" en consecuencia subsume aquellas libertades, facultades, instituciones o reivindicaciones relativas a bienes primarios o básicos que incluyen a toda persona

Historia y Antecedentes Filosóficos.


  1. Una primera corriente afiliada al "jusnaturalismo"3 sostiene que, en esencia, los Derechos Humanos son aquellas garantías que requiere un individuo para poder desarrollarse en la vida social como persona; es decir, dotado de racionalidad y de sentido.  
  2. Una segunda posición, basada en corrientes afines al "positivismo jurídico"4 sostiene por el contrario, que los Derechos Humanos es, al igual que el resto del ordenamiento jurídico, un producto de la actividad normativa llevada a cabo por los correspondientes órganos del Estado y, por lo tanto que antes de su existencia como normas positivas, es decir, antes de su promulgación, no pueden ser reclamables. 
fundamento de los derechos humanos debe rastrearse a partir de los pensadores que se han ocupado de cuáles son los valores fundamentales del ser humano. Así, una primera etapa en el desarrollo histórico de los Derechos Humanos, las raíces más lejanas, las hallamos en el humanismo, tanto en sus versiones occidentales, en las visiones humanistas hindúes.
 
De hecho, los Diez Mandamientos sostienen una particular forma de los derechos humanos a partir de su concepción valorativa5. Tenemos que resaltar también  el aporte realizado por el estoicismo griego y romano, con la precisión del concepto de "derecho natural" y el desarrollo del iusnaturalismo fundamentado en la racionalidad.
 
Luego viene la época medieval con el marcado dominio de las filosofías cristianas (Escolástica y Patrística), hasta llegar a una primera positivización de los derechos humanos. En una tercera etapa, se desarrolla la idea de la "tolerancia religiosa". Las corrientes filosóficas del racionalismo y el empirismo, así como la aparición de pensadores contractualitas, en particular Hobbes y Locke, quienes, con diferente orientación, se basan en las ideas de "estado naturaleza", "derecho natural inspirado en la razón", "contrato social", y afirman la existencia de reglas normativas antes de cualquier configuración política definida. 
 
La consolidación de la corriente iusnaturalista juega un papel esencial en la evolución de los Derechos Humanos. Es en esta época, cuando se produce lo que algunos han considerado la primera positivización de los Derechos Humanos como límite a la acción gubernamental: el famoso Bill of Rights, que postula la existencia de una serie de derechos y libertades por el monarca y afirmadas por el pueblo como inderogables. 

Una cuarta etapa se desarrolla por los siglos XVIII y XIX por la presencia del Iluminismo Francés, el despliegue de las ideas de pensadores tales como Rousseau y Montesquieu, quienes nutren los movimientos revolucionarios que, centrados en Francia se extienden por Europa hasta llegar a América. Se inician las grandes Declaraciones de Derechos y la positivización de otros tantos. Finalmente en el siglo XX lo característico de la evolución de los derechos humanos es su progresiva incorporación en el plano internacional.